30/06/2011
Memoria Ejercicio 2010/2011
Señores Directores:
En cumplimiento de establecido en el artículo 27_inc. f) de la Ley Nº 10.727, elevo a consideración de los integrantes del Cuerpo Directivo de esta Caja, la memoria y balance correspondientes al ejercicio comprendido entre el 1º de julio de 2010 y el 30 de junio de 2011, destacando que se detallan datos objetivos y concretos que paso a señalar:
PRESTACIONES BONIFICADAS
Por aplicación de los artículos 42º y concordantes de la Ley Nº 10.727 se abonan 367 jubilaciones y 130 pensiones bonificadas, conforme a las escalas previstas en el cuerpo legal citado.
ESTADO PATRIMONIAL DE LA CAJA
De acuerdo al balance practicado por el señor Asesor Contable, el estado patrimonial de la Caja al 30 de junio del año 2011, en moneda constante, es el siguiente:
Total del activo: $ 252.738.505,05
Total del pasivo: $ 367.367,14
PATRIMONIO NETO: $ 252.371.137,91
ACTIVIDADES DURANTE EL EJERCICIO
En el presente Ejercicio se concedieron 170 jubilaciones ordinarias, de ellas, 93 se hicieron efectivas y 77 quedaron en suspenso. Además, se efectivizaron 40 jubilaciones que se encontraban concedidas en suspenso en ejercicios anteriores. Asimismo, se otorgaron 6 jubilaciones por edad avanzada y 3 por invalidez.
En lo que hace a las pensiones, se otorgaron 47, de las cuales 16 se originaron en fallecimiento de afiliados en actividad y 31 en el deceso de afiliados jubilados.
También se hizo lugar a 12 reconocimientos de servicios profesionales, a 47 pedidos de devolución de aportes depositados por error, como así_ también 26 solicitudes de transferencias y rectificaciones de aportes.
Además, se dio tratamiento a 13 requerimientos de subsidios por sepelio de afiliados activos y jubilados.
Al 30 de junio del año 2011, los beneficios que se abonan son los siguientes:
1.011 jubilaciones por un total de $ 5.194.800.-
692 pensiones por un total de $ 2.409.120.-
SON: 1.703 beneficios
Erogación mensual de $ 7.603.920.-
AFILIADOS
Durante el presente Ejercicio se afiliaron 774 profesionales, de los cuales 193 corresponden a la Primera Circunscripción Judicial; 480 a la Segunda; 25 a la Tercera; 28 a la Cuarta; y 48 a la Quinta.
El número total de afiliados en actividad al cierre de este Ejercicio asciende a 13.580, de los cuales, 269 tienen ya concedido el beneficio jubilatorio en suspenso.
También es importante señalar que existen 214 profesionales en condiciones de jubilarse, 68 en la zona norte, y 146 en la zona sur, por contar con la edad y años de ejercicio profesional requeridos por la Ley.
AUMENTO EN EL HABER DE LAS PRESTACIONES
Siendo intención del Directorio mantener, más allá de los inconvenientes que en estos tiempos se presentan, el poder adquisitivo de las jubilaciones y pensiones que la Caja abona, durante el presente ejercicio se decidió otorgar aumentos en los beneficios, en virtud de lo cual, los montos de los mismos quedaron establecidos en los siguientes valores:
JUBILACIONES PENSIONES
Básicas: $ 3.600.- $ 2.880.-
Bonificadas Art.42º - inc.a): $ 5.400.- $ 4.320.-
Bonificadas Art.42º - inc.b): $ 7.200.- $ 5.760.-
Bonificadas Art.42º - inc.c): $ 10.800.- $ 8.640.-
APLICACIÓN DEL ART. 4º, INC. i) DE LA LEY 10.727
(cuentas judiciales inmovilizadas durante diez años en
el "Banco de Santa Fe o la Institución que lo reemplace")
Destaco que, desde el momento de la asunción en sus funciones de este Directorio, ha sido permanente preocupación encarar el cumplimiento irrestricto del dispositivo contenido en el art. 4º inc. i) de la ley 10727. Esta motivación ha generado a lo largo de estos meses innumerables conversaciones respecto al cumplimiento de la citada normativa, para que nuestra Caja reclamara de las Instituciones financieras, que contaban con depósitos en las condiciones establecidas en la norma citada, el depósito de las sumas que correspondían, lo que devino en el convencimiento absoluto de los Sres. Directores y Síndicos de dicho reclamo que en este orden de ideas debía propiciar.
Luego de importantes reuniones mantenidas con las máximas autoridades del Nuevo Banco de Santa Fe SA y del Banco Municipal de Rosario, como así también con funcionarios judiciales y políticos, se logró la transferencia a la Caja de una parte de los fondos referidos, continuándose con las gestiones tendientes a la incorporación al patrimonio de la Institución de las sumas restantes.
Resulta propicio y oportuno destacar que el éxito logrado en la gestión que perseguía la Institución fue posible, entre otras razones, por la valiosa colaboración de autoridades de esta Provincia y en particular del señor Ministro de Justicia, Dr. Superti.
PAGO DE DEUDAS MEDIANTE DEBITO AUTOMATICO
Como nuevo servicio, y a los fines de facilitar a los afiliados el pago de deudas vencidas que mantengan con la Caja, se implementó el pago de las mismas mediante el uso de tarjetas de crédito y débito, brindándose de tal manera una nueva opción al aportante.
CONVENIO CORTE SUPREMA - NOTIFICACION INTIMACIONES
Resulta importante hacer constar que, luego de intensas gestiones llevadas a cabo con autoridades de la Corte Suprema de Justicia, se concretó la firma de un Convenio de Colaboración mediante el cual "El Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe se compromete a brindar asistencia a la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe, en relación a las notificaciones de las intimaciones que desde esa dependencia deban ser enviadas con constancia fehaciente de recepción, a los profesionales que no cubrieron el mínimo anual del año correspondiente", con lo que se ha logrado una considerable disminución de los costos.
El referido acuerdo tiene por objeto permitir la colaboración entre las partes firmantes a efectos de entablar una acción coordinada, que posibilite la realización de las notificaciones de las intimaciones que surjan de las tramitaciones realizadas por esta Caja, a través de la celeridad y seguridad que el servicio de notificaciones del Poder Judicial ofrece.
A los fines del cumplimiento del objeto del citado convenio, la Corte Suprema de Justicia pone a disposición de la Caja el mecanismo de notificaciones existente en el Poder Judicial, de acuerdo a lo establecido por el Reglamento de las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones de los Tribunales de la Provincia de Santa Fe, comprometiéndose esta Institución a abonar el valor de los ticket de cédulas.
REGLAMENTACION LEY DE MEDIACION
En reunión mantenida con autoridades de Caja Forense se acordaron PAUTAS PARA LA REGLAMENTACION DE LA LEY 13151 (LEY DE MEDIACION), las que se transcriben a continuación:
En referencia a los objetivos de la Ley de Mediación, y en defensa de los intereses de los profesionales del derecho, como así también de las instituciones de previsión y seguridad social y Colegios Profesionales, consideramos imprescindible incluir en las disposiciones reglamentarias las siguientes pautas:
Los Abogados y Procuradores que intervengan como asesores de partes, deberán cumplimentar con las boletas de iniciación de juicio correspondiente a los Colegios respectivos, como asimismo a la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores y el aporte inicial a cuenta de Caja Forense establecido en las disposiciones, normativas y reglamentarias vigentes.
Los valores de dichos emolumentos serán equivalentes al cincuenta por ciento (50%) de los que se apliquen en los procesos ordinarios de primera instancia de Distrito. Los honorarios de los profesionales que patrocinen a las partes, se deberán ajustar a los valores previstos en la Ley 6767 (Ley 12851), considerándolos a tales efectos como extrajudiciales.
Las partes podrán estimar dichos honorarios respetando las pautas arancelarias precedentemente referida.
Si las partes no acordaren los honorarios pertinentes, deberá correrse vista a la Caja Forense a los fines de que la misma determine los valores aplicables.
Si se convinieren los honorarios profesionales por debajo de los valores mínimos establecidos por la Ley arancelaria, a los fines de cumplimentar con los aportes establecidos en las leyes 4949 y 10757, resultará de aplicación obligatoria los porcentuales correspondientes en las escalas de honorarios, conforme lo establecido en el art.9 de la Ley 11089. Celebrado acuerdo conciliatorio, el mediador está obligado a correr vista a la Caja Forense, en relación a los honorarios regulados y aportes si los mismos hubiesen sido cumplimentados. Si los honorarios no respetaren la pauta establecida en la Ley de aranceles, la Caja podrá interponer los recursos pertinentes, oponiéndose a la homologación del acuerdo.
Es justo hacer constar que la participación de nuestra Caja en la redacción de la Ley y su Reglamentación, fue posible gracias a la predisposición puesta de manifiesto, tanto por el Poder Ejecutivo Provincial, como por el Poder Legislativo, para que ello ocurra.
PRESTAMOS ACTIVOS
Durante el ejercicio fenecido, se resolvió aumentar los montos de los préstamos que se acuerdan a afiliados activos a la suma de pesos veinte mil ($20.000), a devolver en doce cuotas mensuales, iguales y consecutivas, en las mismas condiciones establecidas en el pertinente Reglamento.
PRESTAMOS PENSIONADOS
También, encontrándose en vigencia préstamos a los jubilados de la Institución, habiendo recibido peticiones de parte de beneficiarios y pensionados, se resolvió hacer extensivos los mismos a los pensionados, en idénticas condiciones que los otorgados a los jubilados.
RELACION CON LOS COLEGIOS PROFESIONALES Y ASOCIACIONES DE ACTIVOS Y JUBILADOS
Tal como ocurriera en anteriores oportunidades, se mantuvo como objetivo del Directorio el fortalecimiento de las relaciones de nuestra Institución con los Colegios Profesionales y Asociaciones de Activos y Pasivos de la Provincia, tratando de obtener y recabar soluciones alternativas para el estudio, por parte del Directorio, de temas que faciliten en el futuro un mejor servicio a nuestros afiliados, siempre en defensa de los intereses comunes.-
Hago constar que el Cuerpo Directivo de la Institución, tal como viene ocurriendo desde hace ya varios años, cuenta en su integración con profesionales de distintas Circunscripciones Judiciales de la Provincia de Santa Fe, afianzándose con ello una plena representatividad territorial, canalizadora permanente de las inquietudes regionales.-
Igualmente es destacable la relación mantenida con las Asociaciones de Jubilados, a las que se le brinda toda la colaboración posible para el cumplimiento de sus fines específicos, considerándose, asimismo, las sugerencias y requerimientos que nos son formulados por las mismas.-
COORDINADORA DE CAJAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL PARA PROFESIONALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
La Coordinadora Nacional organizó los Plenarios correspondientes, conforme a las disposiciones del estatuto que la rige, que contaron, al igual que en años anteriores, con la participación de la mayoría de las Cajas profesionales del país.
En los Plenarios aludidos se dio tratamiento a asuntos de especial interés general relativos a nuestras instituciones.
La activa participación que le cupo a nuestra Institución se vio reflejada en la asistencia a todas las reuniones convocadas, ya sea a los Plenarios como a las del Comité Ejecutivo, en todos los casos, con la dedicación y responsabilidad que tales actos requieren, siempre en defensa de los intereses de las Cajas Profesionales.
CONSEJO COORDINADOR DE CAJAS DE PREVISION SOCIAL PARA ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Consejo Coordinador de Cajas de Previsión Social para Abogados y Procuradores de la República Argentina continuó con el desarrollo de una muy destacada labor, con miras a emprendimientos comunes a las Cajas de Abogados y Procuradores, contando, en todos los casos, con una activa y calificada participación de nuestra Institución.
PALABRAS FINALES
Destaco muy especialmente la colaboración recibida durante la gestión que me ha tocado llevar adelante, de parte de todos los integrantes del Cuerpo Directivo como así también de la Sindicatura y el personal, la que, sin dudas, permitió dar la más adecuada solución a las múltiples dificultades que se presentaron a lo largo del Ejercicio fenecido.
En consecuencia de lo manifestado, solicito a los señores integrantes del Cuerpo Directivo la aprobación de la Memoria y Balance puestos a consideración.
Dr. ERNESTO ROIS
Presidente
Memoria Ejercicio 2010/2011
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